miércoles, 26 de marzo de 2014

"Hay días en los que el ruido se oye o se escucha más."
Responsabilidad derivada del ruido generado


           Los Juzgados y Tribunales están cada día con mayor asiduidad y en amparo del derecho a la salud, la inviolabilidad del domicilio... en definitiva en defensa de derechos fundamentales de los afectados por el ruido, resolviendo procedimientos judiciales que instados por estos, terminan determinando la responsabilidad del agente ruidoso. Esta, en unos casos se concreta en responsabilidad penal por delito, y en otros se refleja en la reparación mediante la fijación de la indemnización correspondiente. 

            Pero siendo llamativa dicha responsabilidad ("años de prisión"; "miles de euros"..), es lo que nos deja el título de las noticia en esta materia, quiero hacer recaer la atención en las consecuencias reales, no ya para el que perturba o molesta, sino para el afectado que ha instado el correspondiente procedimiento en amparo de sus derechos fundamentales.

        Este último se ve amparado y protegido del ruido. La resolución que fija dichas cuantías indemnizatorias, al igual que las que consecuencias penales establece para el ruidoso, también ordena el cese de la perturbación o el ruido. El cese es lo verdaderamente perseguido, solicitado, requerido, exigido... Los procedimientos judiciales y las resoluciones que concluyen los mismos evidencian la falta de solución previa y falta de atención al requerimiento previo efectuado por el afectado. Así, me gustaría hacer ver que el llegar a plantear acciones judiciales no es lo querido por los afectados (costes, pleitos..), le viene impuesto ante la agresión constante a su salud y la falta de respuesta en cuanto a las medidas correctoras o sancionadoras que hagan cesar la agresión acústica.

            Entendiendo que lo realmente querido por estos es el poder vivir sin ruido, proteger su salud intentando el cese de las molestias y perturbaciones por ruido, yo diría:  "Muchos se llevan las manos a la cabeza ante las consecuencias y responsabilidades (civiles y penales) que puede acarrear el agredir acústicamente y sobre todo en cuanto al que genera el ruido o el que con su inacción no lo evita. Pero lo que deben saber es que otros se ven obligados, en defensa de su salud, a llevarse las manos a los oídos ante tal agresión."

            Abogado del Ruido




martes, 25 de marzo de 2014





Abogado del Ruido ha creado este distintivo para indicar la calidad ambiental y mostrar el buen actuar acústico de empresas, instituciones, organismos públicos o privados, asociaciones o personas individuales que siguiendo los parámetros exigidos por Abogado del Ruido justifican, demuestran y actúan por un ambiente acústicamente saludable dentro de su ámbito de actuación. Esta distinción abarca actividades de todos los ámbitos sociales, económicos y culturales.
La “D de descanso” hace visible una recomendación de Abogado del Ruido. Esta recomendación parte de la base de un estudio previo, una valoración de los resultados del mismo y la sujeción en su caso por el distinguido con la D de Descanso a unas pautas de actuación en materia de prevención, actuación y concienciación contra el ruido claras y visibles.
Así se distinguen actividades, empresas e instituciones que por su calidad acústica, trayectoria, implicación y actuación contra el ruido y en garantía del descanso son recomendadas por Abogado del Ruido. El distinguido con la D de Descanso mostrará así que el Descanso se prima, se protege y se potencia en su actividad.
Para obtener la “D de Descanso”, salvo en los concedidos por iniciativa de Abogado del Ruido como distinción propia del mismo, habrá que ponerse en contacto con Abogado de Ruido y comenzar los trámites para la consecución de dicho distintivo.
Por último indicar que todos los que obtengan la “D de Descanso” aparecerán en www.conddedescanso.com encuadrados en su categoría (Empresarial, cultural o Científica.)
Distinguirse con la "D de Descanso", va a acreditar que los mismos han sido valorado de forma positiva por Abogado del Ruido en materia de prevención, actuación e incluso concienciación frente al ruido. 

Así, el expediente de concesión se compone básicamente de cuatro partes: 
1.-Acreditación técnico-acústica. 
2.-Ambiente interior.
3.-Relación con el entorno.
4.- Actividad en prevención, actuación y concienciación en su ámbito de actividad.
Queremos valorar a quien valora y hace posible con su actividad un entorno acústicamente saludable.


Si estuvieras interesada o precisaras mayor información, contacta con nosotros. 

Saludos.

martes, 18 de marzo de 2014

Os dejo algunas frases contra el ruido:

                                   "FRASES QUE SILENCIAN RUIDOS".

(Puedes utilizarlas contra el ruido pero mencionando a Abogado del Ruido. )

"La molestia por ruido, le debe la vida al ruidoso."

"El que quiera hacer ruido y molestar, que no se lo piense dos veces, que ni se le pase por la cabeza."

"Cuando la contaminación acústica y la inacción frente a ella se juntan, el ruido y su molestia se empadronan en nuestro municipio"

"Dile al ruido que, por molesto, ha llegado el día de su cese."

Dile al ruido que este martes no venga.

"Que ni el ruido te toque" Abogado del Ruido

"Lo único bueno del ruido, su cese."

"No me busques en el silencio. Frente al ruido debes mirar."

"Es fácil no molestar. Solamente no compartas tus ruidos y disfrútalos tu solo."

"Vuestras consultas muestran una realidad ruidosa."

"Si el ruido estuviera solo, no molestaría a nadie. Pero el ruidoso ya se ocupa de presentarlo a todos los vecinos."

"No pienses en el ruido, actúa contra él."
.......








           Las Empresas de acústica ponen al servicio de los afectados todas las soluciones técnicas a su alcance.
         Abogado del Ruido agradece a todas las empresas que aparecen en dicha guía la confianza depositada en cuando a aparecer en el entorno insonorizado que supone. 
        Ya aparecen Empresas en: España, Italia, Ecuador, Chile.... En breve aparecerán empresas de Portugal, México, República Dominicana, Brasil, Francia...



                                               
                                                   ABOGADO DEL RUIDO





martes, 4 de marzo de 2014


‎"LA "CONTRADIC-ACCIÓN" CONTRA EL RUIDO.



            Cuando hablo con los afectados por el ruido, me preguntan ¿por qué?. Quieren saber el motivo de la falta de concienciación de muchos (no solo ciudadanos, sino Administraciones....). Pero esta pregunta no nace de una puntual necesidad de saber. El ver día a día actitudes e inacciones les hace cuestionarse, ¿qué falta?; ¿en qué fallamos?...No podemos dar un solo motivo, pero podemos partir de las evidencias.

            La conciencia nace en uno mismo, de sus vivencias y su aprendizaje. Así resulta cuando me planteo el porqué no se modera el ruido en la calle (gritos, bullicio..) o no se atiende a las molestias que genera una actividad en su desarrollo ( actividades musicales, ocio..). Es cierto que hay intereses diferentes entre los que lo generan y los que lo sufren, pero no dejan de ser intereses en círculos secantes.

            Vemos como el que grita a altas horas de la madrugada en una calle de cualquiera de nuestras ciudades o pueblos (fiesta, gentío...), cuando el cansancio le agota, busca el descanso e intenta protegerse del ruido. Llama la atención el hecho de esa persona que ha perturbado el descanso de muchos hogares, ...entre con sigilo en su casa, cuidando no despertar a los suyos, bajando las persianas y buscando la tranquilidad que antes ha perturbado.
  
Este ejemplo lo podemos hacer extensible a las distintas actividades generadoras de ruido. No debemos sufrirlo para concienciarnos. Abogado del Ruido lo muestra para evitar tener que padecerlo.
          

            Hagamos conciencia y evitemos que sufran, todos, la agresión por ruido."

            2013 © Abogado del Ruido